Autoría
El derecho de autor protege las obras de arte, las literarias, y las obras cuyo propósito sea transmitir información o ideas, sin importar el medio que se utilice. Strong menciona que la ley textualmente protege:
Obras de autoría original fijadas a través de cualquier medio tangible de expresión, conocido o por desarrollarse, en los que dichas obras puedan ser percibidas, reproducidas o transmitidas de otra manera, sea directamente o por medio de una máquina o dispositivo."(1995)
Los derechos de autor, se refieren específicamente a autores a autores y escritos, y a efectos de extender la protección legal a obras no literarias, la justicias ha debido hacer
una interpretación amplia de estas palabras. "El derecho de autor nace desde el momento de la creación de la obra, al igual que, para algunas teologías el alma penetra en el cuerpo en el momento de nacer. En ese instante se le confiere al autor o autores la propiedad intelectual."(Strong,1995). Sin embargo, autor no es sinónimo de creador. Dentro de publicaciones que se trabajan en conjunto ¿Quién es el autor? Es complicado otorgar el titulo de "autor" a una sola persona. En respuesta a la pregunta anteriormente planteada Strong menciona: "es obvia sólo cuando la publicación es realizada por una sola persona pero en publicaciones conjuntas de no existir algún convenio entro los autores, cualquiera de ellos tiene el derecho de reclamar la publicación como suya."(1995)
Referencia
Strong.W.(1995).El libro de los derechos de autor.(pp 12,13,23)